A- de 2017
Ponente Alberto Rojas Ríos
✓Demandante Rubiela Ortiz Mejia·Demandado Cootrasar C.T.A.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Factor territorial
- Competencia a prevención
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Sexto Civil Municipal de Pereira y el Juzgado Primero Civil Municipal de Santa Rosa de Cabal.
La Corte reitera que el factor territorial de competencia no sólo está determinado por el lugar en el que se presenta la violación o amenaza de la garantía constitucional, sino también, por aquel donde se producen sus efectos, por lo que es posible que en una determinada ocasión puedan existir múltiples autoridades competentes.
Teniendo en cuenta que los dos despachos judiciales involucrados pueden decidir el asunto, la Sala dispone devolver el expediente al Juzgado Sexto Civil Municipal de Pereira para que sin más dilaciones asuma el conocimiento de la solicitud de amparo invocada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto proferido el 26 de julio de 2017, por el Juzgado
- Sexto. Civil Municipal de Pereira, mediante el cual se declaró incompetente para conocer la acción de tutela formulada por la ciudadana Rubiela Ortíz Mejía contra la Cooperativa de Trabajo Asociado Santarrosano (Cootrasar C.T.A.).
- SEGUNDO. REMITIR el expediente de la referencia al Juzgado
- Sexto. Civil Municipal de Pereira, a fin de que, sin más dilaciones, asuma de manera inmediata el conocimiento del amparo solicitado.
- TERCERO. Por Secretaría General, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a las partes y al Juzgado
- Primero. Civil Municipal de Santa Rosa de Cabal, Risaralda.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.